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ASESORIA FISCAL Y CONTABLE

EL COSTE FISCAL DE LOS REGALOS DE NAVIDAD


FISCALIDAD DE LOS REGALOS NAVIDEÑOS

 

  Están próximas las fechas navideñas y  es habitual que las empresas hagan los típicos regalos navideños a sus clientes o proveedores o incluso a los trabajadores las cestas navideñas. Con ello se pretende fidelizar a los clientes y brindar el prestigio de la marca. Para las empresas tiene un coste añadido ya que el iva de estos regalos no se lo podrán deducir, incluso el gasto en renta y sociedades deben de reunir una serie de requisitos para que sea gasto deducible.

  Hacienda es muy restrictiva con el iva soportado por la compra de estos regalos. Considera que este iva no es deducible a pesar de tratarse de un gasto habitual que tiene una evidente finalidad publicitaria y de fidelización  conectada con la realidad de la actividad.

  Sin embargo, existen varias alternativas para hacer posible la deducción. La primera es hacer los regalos con productos que nosotros mismo comercializamos siempre que no tengan un elevado valor comercial.  Entra dentro de lo que la Ley de Iva considera promoción.

 Otra posibilidad es hacer regalos con el logotipo de nuestra empresa, este debe de figurar en el regalo de una forma que sea difícil de borrar, y el coste a un mismo cliente no debe de superar los 200 euros. Se consideran entregas con carácter publicitario.

  También se puede reducir los costes si los regalos que hacemos están gravados al 10% en vez de al 21%. Los productos de alimentación están gravados al 10% y las bebidas alcohólicas lo están al 21%.

  En cuanto a su deducción como gasto  tanto en el IRPF, como en el impuesto de Sociedades la empresa tendrá que justificar el gasto y su naturaleza, así como su adecuación a los usos y costumbres. Esto quiere decir que los regalos no se realicen de manera aislada, deben de repetirse en el tiempo. Aunque parezca paradójico una cesta de navidad que se entregue por primera vez a los trabajadores no será gasto deducible. Hacienda lo considerará una liberalidad.

  Pero también los regalos al trabajador tiene repercusión fiscal para este, pues se trata de una retribución en especie que deber de ir reflejado en su nomina  y realizar el correspondiente ingreso a cuenta sobre el mismo.

  De cualquiera de las maneras esperamos que se pueda continuar con esta sana costumbre y mantener unas buenas relaciones con nuestro entorno empresarial.



Creado el 05-12-2017 por Jose Morales Carmona





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